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El Campanillo
Hermandad Sacramental

Edición Digital 2008

De cómo se dio cumplimiento a la Real Orden de 6 de octubre de 1836

Félix Mateos Guillén.

La Real Orden de 6 de octubre de 1836 establecía, entre otras cosas, que todos los caudales, oro y plata labrados, alhajas y objetos preciosos de cualquier clase que existían en las catedrales, parroquias, santuarios, ermitas, hermandades, cofradías, obras pías, etc. de las provincias se remitirán en arcas y cajas seguras a sus respectivas capitales o fortalezas cercanas. Sólo quedaría a disposición de estas instituciones "lo que estrictamente fuere menester para un decente servicio del culto".
Para la ejecución de estas medidas se facultó a las Juntas de Armamento y Defensa. Por ello, la Comisión Auxiliar del Partido de Alcalá de Guadaíra remite las instrucciones precisas a seguir que, en todo momento, deben estar presididas por la simultaneidad de las notificaciones a los Presidentes de los ayuntamientos de los pueblos y en la conducción a la cabeza de Partido de los efectos que se intervengan para, posteriormente, ser remitidos a Sevilla acompañados del correspondiente inventario.

En cumplimiento de lo preceptuado, el Sr. Alcalde de Mairena del Alcor, D. José Mª Méndez, con fecha 18 de octubre de 1836, procede a la citación del Síndico, D. Nicanor Blázquez; el Regidor, D. Juan Díaz, los Sres. Curas D. José Mª Caro y D. José Molina; el presbítero D. Manuel Arenas y a D. Andrés Carrión, al objeto de formar el inventario e intervención de los caudales y efectos que existen en la Parroquia de esta Villa y las ermitas de San Sebastián y Santo Cristo de la Cárcel.
Teniendo presentes los libros de asientos, cuenta y razón de la Parroquia y ermitas practicaron la siguiente diligencia:

Fábrica de la Parroquia.
En la fábrica de esta Parroquial no se encontró existencia de caudales metálicos, ni de especies.
De la Iglesia se sacó una lámpara de plata que estaba colgada en la Capilla del Sagrario.
Y otra lámpara de plata que estaba colgada en la capilla del Dulce Nombre de Jesús.
En la misma Iglesia no aparecen más prendas de plata que el Copón y tres calices necesarios para el servicio del culto, el portapaz e incensario que quedaron en ella para el culto divino.
En el acto se previno a los Claveros de la fábrica presenten relación de las rentas de sus fincas urbanas y rústicas.

Hermandad del Santísimo Sacramento.
A esta Hermandad sita en la misma Parroquial, presente su Mayordomo D. José Sánchez y con vista de los libros de ella se intervinieron las prendas siguientes:
Dos demandas de plata con la insignia de la Hermandad que fueron hechas en 19 de agosto de 1816, según inscripción grabada en las mismas.
Dos candeleros de plata de pie cuadrado lisos de ocho dedos de alto. Una palangana de plata de mas de Tercia de diámetro.
Una cruz de plata de poco peso de más de una cuarta de alto.
Cincuenta y cuatro cañones de plata de tercia de largo que sirven para formar las seis varas del palio y el estandarte.
Hermandad de Ánimas.
La Hermandad de las Benditas Ánimas sita en dicha Parroquial no tiene caudal alguno y se le intervinieron las prendas siguientes:
Dos demandas de plata grabado en ellas el retrato de Ánimas que fueron fabricadas en el año de 1816 según la inscripción que contiene.

Cofradía de Jesús Nazareno.
Esta cofradía no tiene bienes ni fondos algunos, se intervino una cruz de plata de media vara de alto colocada sobre una bola que le sirve de pedestal y cubillo para colocarla en el estandarte.

Cofradía del Dulce Nombre de Jesús.
Esta cofradía no tiene bienes ni caudal alguno, se le intervino una cruz de plata de media vara de alto con el cubillo que entra el estandarte.

Cofradía de Nuestra Señora del Rosario.
Esta cofradía no tiene existencias de caudales y solo se le encontró una cruz de plata de más de media vara de alto con la insignia del Rosario en ella, sobre su pedestal y cubillo del estandarte en ella.

Pesadas las alhajas de plata intervenidas tuvieron el de una arroba y once libras.

A continuación pasaron a las dos ermitas referidas y procediendo con la misma diligencia, no se encontró caudal ni alhajas de ninguna clase de oro ni plata que intervenir".
Finalizados estos trabajos se entregaron, con fecha 20 de octubre de 1836, las alhajas que componen el Inventario a la Comisión del Partido de Alcalá para su remisión a la capital.