LAS ESCUELAS DE NIÑAS EN MAIRENA DEL ALCOR

Esta investigación se centra en la educación de la población femenina desde los años 1822-1965. Es fruto de una laboriosa investigación en los archivos de nuestro pueblo donde están recogidos importantes documentos que nos aproximan a la realidad de estos años. Como se verá aparecen los datos inéditos para que sin previa reflexión se puedan juzgar y admirar unos hechos que forman parte de nuestra cultura mairenera.

POR MARÍA DOLORES DOMÍNGUEZ GONZÁLEZ

INDICE

PANORAMA GENERAL DE LA EDUCACIÓN EN MAIRENA DEL ALCOR
FUENTES
LEGAJO 35
LIBRO 355
LEGAJO 288
LEGAJO 356
LEGAJO 357
ÚLTIMAS OBSERVACIONES

PANORAMA GENERAL DE LA EDUCACION EN MAIRENA DEL ALCOR

La educación pública

« La educación es uno de los pilares más débiles de la realidad mairenera de este período (1750-1850). El ayuntamiento contrata un maestro de primeras letras para la escuela pública con la obligación de dar clase gratuitamente a los hijos de vecinos pobres, permitiendo que cobrase a los vecinos con posibles por la educación de sus hijos. Además, existieron un número variable de escuelas privadas para los hijos de

familias más pudientes. A principios del siglo XIX se crea la miga, la escuela de niñas a cargo de una maestra. Una junta municipal de enseñanza, creada a principios del siglo XIX, inspeccionaba las escuelas.

El plan de estudios de los niños incluía la enseñanza de Escritura y Lectura, Doctrina Cristiana, Moral, Gramática y Aritmética

El plan de estudios de las niñas era sensiblemente más reducido, componiéndose tan sólo de Lectura, Escritura, y Doctrina Cristiana, como formación básica, a las que se añadían "materias propias de su sexo" como Labores y Economía Doméstica.

La situación de las escuelas es desastrosa. Los escasos ingresos obligan a los maestros a tener otras actividades (en 1801 se denuncia al maestro por dedicar más tiempo a su barbería que a la escuela); el material es escaso y no basta para todos los alumnos; en época de cosecha los alumnos dejan de asistir a clase para ayudar a los padres en el trabajo del campo; no cuenta con edificio, instalándose algún tiempo en el Pósito (edificio donde se almacenaba el trigo del pueblo), en la ermita del Cristo de la Cárcel donde se celebraban los exámenes a mediados del siglo XIX, en la casa particular del maestro y en otros locales provisionales.»

( NAVARRO DOMÍNGUEZ, J. M. (1997): La feria de Mairena del Alcor: Mercado y Fiesta (1750-1850). Mairena del Alcor, Ayuntamiento de Mairena del Alcor y Diputación provincial de Sevilla).

FUENTES

El recorrido histórico que vamos a comenzar se va a centrar en la información que aportan los legajos y libros del archivo histórico de Mairena del Alcor. Entre páginas amarillentas aparecen numerosos nombres de mujeres que empezaron la dura tarea de educar a las niñas; todavía lejos de considerar su situación se van abriendo paso en un mundo que no les otorga su valor.

Los legajos de la sesión de Instrucción Pública contienen todos los documentos generados por la gestión directa de la educación, tales como informes sobre la conducta de los maestros y maestras, cartas, informes de inspección, listados de materiales, etc. También aparecen informes sobre la compra de casas para instalar las escuelas de niñas. A través de estos documentos podemos seguir el curso del proceso administrativo, desde la apertura del expediente de arrendamiento hasta la adjudicación. De esta forma se obtiene información sobre las personas interesadas en el arriendo de estos derechos, sobre la gestión seguida para tramitar la documentación, etc.

La información que ofrecen los datos sueltos (las guías encontradas, las anotaciones en los libros de actas...) también han constituido importantes puntos a la hora de recabar datos.

Se conservan diversos ejemplares de las disposiciones legales, bandos de buen gobierno y otros documentos en los que se especifica la reglamentación que regía en educación.

También son importantes los escritos de prensa sobre la educación que aparecen incluidos en algunos legajos.

LEGAJO 35

Entre la diversa documentación que posee sobre normativa legal de distintos temas, referido a la educación contiene el Proyecto de Reglamento General de Primera Enseñanza de finales del año 1822, consta de ocho capítulos en los que se exponen: las circunstancias que deben adornar a los maestros, forma de sus exámenes, modo de nombrarlos, dotarlos, removerlos y jubilarlos; de la localidad y disposición que deben tener las escuelas; los conocimientos que se deben adquirir en las escuelas públicas; los exámenes públicos de los niños; de las academias de los profesores; de la comisión del Ayuntamiento para arreglo de las escuelas; de la enseñanza de las mujeres, etc.

Los maestros se dividían en tres clases locales, provinciales y generales según donde hubiera obtenido el título bien en la dirección general de estudios, junta provincial o consejo de Castilla. En el caso de que no hubiese ningún pretendiente con título, el ayuntamiento podía nombrar interinamente a la persona que juzgara idónea para desempeñar ese cargo, incluso esta persona elegida se podía presentar a examen para obtener el título de maestro/a.

En el capítulo II, el art. 34 dice: « Por ningún título se permitirá que á una misma escuela concurran niños de ambos sexos, ni aun el que en una misma casa haya escuela de niños y otra de niñas, á no ser que tenga diferente entrada, y si es posible por diferente calle.»

El capítulo VII hace referencia exclusivamente a la enseñanza de las mujeres:

Art. 66. En las escuelas de niñas se seguirá en un todo el mismo plan, sistema y orden que en las de niños en la parte de instrucción literaria.

Art. 67. Por las mañanas se enseñará a todas la parte literaria, y por la tarde las grandecitas se dedicarán á las labores propias del sexo, y las demás seguirán su instrucción en la parte literaria; pero sin perjuicio de que en esta parte se haga alguna variación ó modificación cuando lo exijan las circunstancias del pueblo ó del local.

Art. 68. Los ayuntamientos de los pueblos podrán nombrar un cierto número de señoras, de aquellas que tengan mas celo por el bien público é instrucción, para que vigilen las escuelas de niñas.

Art. 69. Los exámenes y visitas de las escuelas de niñas se verificarán también de dos en dos años, y en la misma forma y por la misma comisión que en las de los niños. (Ver apéndice documental)

LEGAJO 355

Este legajo comienza con una serie de documentos unidos bajo el título "Expediente general de la Junta Inspectora de primeras letras de esta villa. Junta de escuelas. Mairena del Alcor de 1825". Son las primeras noticias que van apareciendo sobre la educación de las niñas. Se incluyen diversos documentos de la Junta de Inspección de Escuelas de la provincia de Sevilla. De entre ellos hay uno que hace referencia exclusivamente a los establecimientos con fines "educativos" para niñas:

«Incluyo a V: el adjunto Edicto para que lo haga fijar en ese Pueblo, remitiéndome testimonio de haberlo así egecutado, y al mismo tiempo una relación circunstanciada de las Amigas, Academias y cualquiera otro Establecimiento que ahí hubiese para la educación y enseñanza de las niñas, a cuyas maestras, directoras o cualquiera otra persona encargada en este ramo se hará saber cumplan con lo resuelto por el Rey N. S. en los términos que se previenen en el mismo Edicto.

Dios guarde a V. muchos años.

Sevilla 31 de Octubre de 1825»

«El Sr. Secretario de la Real y Suprema Junta de Purificaciones civiles, me ha remitido con fecha 21 de Octubre último un egemplar de la Real orden del II del mismo, cuyo tenor es como se sigue.

"Dirección general de Propios y Arbitrios del Reino.= Con fecha 13 del que rige me ha comunicado el Excmo. Sr. Secretario del Estado y del Despacho Universal de Hacienda la Real orden siguiente.= Ilustrísimo Sr.= El secretario del Despacho de Gracia y Justicia me dice en II del corriente lo que sigue:= Enterado el Rey N.S. de la consulta del Director general de Propios y Arbitrios del Reino, que me dirigió V. E. con su oficio de 28 de Septiembre próximo pasado, se ha dignado resolver que los empleados municipales que disfrutan sueldo sobre los fondos públicos están sujetos á la reglas de purificación adoptadas para con los empleados civiles.= Y lo traslado á V.S. para su inteligencia y cumplimiento en todas sus partes, dándome aviso de su recibo."

Y en consecuencia de lo acordado por la de esta Provincia en 14 del actual, lo comunico á V.V. para su conocimiento y puntual observancia en la parte que les toca, remitiéndome nota excueta de los empleados que haya en ese Pueblo de esta clase y lo eran en el 70 de Marzo de 1820, dándome de quedar en verificarlo el oportuno aviso.

Dios guarde á V.V. muchos años. Sevilla 19 de Noviembre de 1824. José Aznarez.»

«Últimamente, para establecer también las Escuelas de niñas bajo las bases que determina y manda el título 18 del reglamento, remitirá V. relación circunstanciada de todas las amigas y academias que ahí hubiese, ó noticia de las que deben establecerse, haciendo saber á todas las Maestras o Directoras, según lo previene el adjunto edicto, presenten los títulos o licencias que tuvieren en esta Secretaría en el término preciso de un mes, en el supuesto de que á la que así no lo hiciese se le cerrará su establecimiento.

Esta junta se promete que esa se dedicará a la egecución de todo lo acordado, con arreglo á este circular de cuya orden lo comunico á V. para su inteligencia y cumplimiento, sirviéndose acusarme su recibo franco de porte.

Dios guarde a V. muchos años. Sevilla 7 de septiembre de 1825.

D. Pedro de Montes.

Sr. Presidente de la Junta Inspectora de Mairena del Alcor»

«Sres. Presidente y vocales de la Junta Inspectora de escuelas de esta villa

María Bénitez vecina de la misma de estado viuda a V.V con el debido respeto hace prescrito; que no habiendo en este pueblo maestra de niñas para la primera educación con arreglo al Plan General aprobado por su S. M. y no pudiendo haberla examinado por lo costoso que es este paso, y la poca utilidad que ofrece, estando por esta razón espuesta la enseñanza de las niñas, creyéndose la esponente capaz de dirigirla, suplica a V.V. se sirvan habilitarla, o permitirle que interinamente, se dedique a esta enseñanza, hasta que se examine y apruebe sí la encuentran en capacidad, como lo espera de la bondad de V.V. Mairena 2 de Diciembre de 1828.»

«Esta Junta en vista de cierta sustancial de Dª María de los Dolores Romero vecina de esa villa, ha acordado librar a V.V. la presente para que en cumplimiento al artículo 200, del Reglamento vigente, la examinen de Maestra de niñas, y a fin de obtener su aprobación y le permita desempeñar la enseñanza de ellas.

19 de Febrero de 1831.

Elario Alonso

Sres. Presidente y vocales de la Junta Inspectora.»

" A consecuencia de una consulta hecha por la Junta de Caridad sobre el artículo 200 del Reglamento de Escuelas, esta Inspección general ha declarado, que las Maestras de 3º y 4º clase pueden ser examinadas ante la Junta de Pueblo cuya Escuela soliciten; pero no examinarse allí para obtener luego título y con él establecerse en cualquiera otro pueblo.= Lo traslado á V.S. para su inteligencia, y que tenga presente en los casos que ocurran[ ...] .»

«Sr. Jefe Superior político.

Dª Antonia Florindo, viuda de Don Francisco Cuadro, vecina y maestra de la instrucción primaria de niñas de la villa de Mairena del Alcor, a V. S. con el mayor respeto expone: que en el año próximo anterior obtuvo el título que acompaña de la Junta inspectora de escuelas de la misma villa para el cual sufrió el oportuno examen y satisfizó lo establecido en los reglamentos de la materia.

En su consecuencia estableció academia en la misma villa y permaneció usando de los privilegios y prerrogativas que le corresponden como maestra examinada sin haber ocurrido por entonces y en algún tiempo después novedad alguna. Pero luego despreciando el Alcalde presidente del Ayuntamiento de la junta inspectora de aquella villa los reglamentos y disposiciones inferiores ha autorizado a varias personas del pueblo para que abran iguales academias de educación primaria que ya se cuentan hasta el número de otras cuatro sin previo examen de sus directoras con grave perjuicio de la que habla y principalmente de la educación pública.

Las leyes han establecido reglas ciertas a que deben las autoridades de los pueblos que, para dirigir la educación de los jóvenes en la infancia, objeto que ha merecido siempre un cuidado especial a los gobiernos ilustrados lo que le interesa.

Conociendo la nación en que la infancia reciba la mejor educación posible. Como principal objeto han cuidado las mismas leyes de que las personas dedicadas a la instrucción de la juventud acrediten lo primero su deficiencia para ello porque cual que de dirigir la educación pública quería, no tiene capacidad bastante para hacerlo. También han determinado que los maestras que dedican sus afanes a ilustrar a la niñez que justifican su aptitud y contribuyen con su ejemplo para obtener título de su aprobación, ejerzan su facultad con esclusión de las personas que no tienen los requisitos necesarios. Pero el Alcalde de Mairena para quién parecen un juguete dos disposiciones legales lo ha despreciado todo y las reclamaciones de la que dice que todo espera se le reintegre como corresponde en el ejercicio de sus privilegios por la notaria rectitud de V. S. Que hará cumplir con sus deberes a el citado Alcalde de Mairena.

Por tanto

Jefe Superior político le sirva mandar a libre orden a el Alcalde mencionado para que inmediatamente y bajo su responsabilidad personal proceda a cerrar las Amigas establecidas en Mairena sin autorización competente, haciendo entender a las que los dirigen le abstengan de establecerlas de nuevo imponiéndoles una gran multa si lo ejecutan; y previniéndole al propio Alcalde que en adelante se abstenga también de conceder para mucho como los que se trata y no abuse como ha hecho de las funciones que desempeña bajo el más serio apercibimiento.

Mairena del Alcor 13 de Marzo de 1837. Antonia Florindo.»

«Habiendo llegado a entender que Ana González ha abierto una clase de niñas en la calle Arrabal sin tener documento alguno que la autorize, me veo en la necesidad de ponerlo en conocimiento de V. para que se sirva adoptar las medidas oportunas a fin de que cese en el ejercicio de las funciones de Maestra pues su estabilidad ataca directamente a debilitar mi profesión y mis intereses.

Dios guarde a usted muchos años.

Mairena Mayo de 1851. Dolores Palacios.»

« Sr. Alcalde

María Feliza Darmanin vecina de esta villa ante V. con el debido respeto expone. Que estando dedicada a la educación de cierto numero de niñas jóvenes, a quienes además de imponerlas en todo lo concerniente a Nra. Sta. Fé católica, les enseñaba, a leer, escribir, coser y bordar, se le ha mandado por orden de V. cesar la Clase, mediante a no hallarse examinada privándosele de este modo del único recurso que tenía para subvenir a sus necesidades. Por tanto deseosa de continuar desempeñandola=

Suplica a V. se digne admitirla a examen designando el día y la hora en que deba concurrir a este acto, y resultando la aptitud que se requiere, se sirva mandar se le expida el Competente Título, a fin que en lo subcesivo no se le pueda interrumpir en el ejercicio de sus funciones. Gracia que espera merecer de su notoria rectitud. Mairena del Alcor 17 de Junio de 1837.»

Expediente sobre escuelas Mairena del Alcor 1848

Escuelas de niñas

Examen general de 22 de Diciembre de 1849.

«En la villa de Mairena del Alcor a veinte y dos de Diciembre de mil ochocientos cuarenta y nueve, el Sr. Alcalde y demás individuos de la Comisión local de instrucción primaria de la misma que suscriben pasaron a la clase de niñas que está bajo la dirección de la maestra titular D. María de los Dolores palacios, para producir el examen general de las niñas que concurren en ella y acto público se dio principio del modo siguiente:

En primer lugar fueron examinadas las niñas de cuatro a seis años que se hallan en el conocimiento de letras y en los primeros rudimentos de la doctrina cristiana.

En segunda fueron examinadas las que se hallan en el silabario y los primeros conocimientos de nuestra religión.

Luego fueron examinadas las niñas que están practicando la lectura, escritura y doctrina y se encontraron algunas regulares en otras ramas. También se vieron las labores y dibujos de su clase que están practicando las más adelantadas.

Y concluyó el examen encargando a la maestra las instruya con más fundamentos en los docmas de nuestra religión y en la doctrina cristiana ejercitándolas más en la lectura y se probean de los libros que están señalado, explicándoles los principios de política y de economía doméstica.

Se dio por terminado este acto que firman: Antonio Méndez, Juan Mª Carmona, Mª de los Dolores Palacio.»

«Esta Comisión Superior en vista de las observaciones espuestas por el Sr. Inspector en la memoria de su última visita, ha acordado manifestar a V.S. que ha visto con satisfacción los esfuerzos que emplea para mejorar el estado de las escuelas construyendo menage y obrando los edificios y completando los últimos y le encarga que en la visita mensual anote el estado de conocimiento de las secciones que examine para compararlo después en la visita siguiente, deduciendo los adelantos que exija a la maestra que establezca las ramas de gramática y aritmética, como indispensables y perfeccione los métodos adoptados para las demás enseñanzas dirigiéndose siempre a la inteligencia de las niñas: que reclame del Ayuntamiento la admisión legal de los niños a las escuelas. Por último que atienda como hasta aquí las reclamaciones de los maestros y no descuiden la puntual asistencia de los niños, trasladándolos si puede ser a otros locales más espaciosos y ventilados que permitan el buen régimen y disciplina.

Dios guarde a V. S. M . En Sevilla y Diciembre de 1847. El Vicepresidente.

Sres. De la Comisión Local de Instrucción Primaria de Mairena del Alcor»

« Para completar los datos que ha pedido el señor Rector de la Universidad literaria de esta ciudad, he de merecer á V.S. se sirva facilitar a esta inspección las noticias que se piden á la vuelta, respectivas á cada una de las escuelas de ambos sécsos que ecsisten en este pueblo; y cuyos maestros y maestras han de concernir con el Secretario á la formación de las mismas.

Dios guarde á V.S. muchos años.

Sevilla 22 de diciembre de 1857.

Pedro Sánchez.

Sr. Alcalde Presidente de la comisión local de Instrucción Pública de Mairena del Alcor.»

- Doce ejemplares literatura pr. Ramera

- Doce evangelio para los niños pr. Cervadillos

- Veinticuatro cartillas agrarias pr. Olivar

- Veinticuatro doctrinas e historia sagrada pr. Baeza

 

- Doce ejemplares evangelios para los niños pr. Cervadillos

- Doce catecismos Histórico pr. Fleury

- Seis unidades de Juanito traducido pr Torrente

- Una colección de carteles de lectura pr. Flores

- Seis ejemplares literatura pr. Remera

- Doce catecismos Histórico pr. Flury

- Doce epistome gramática castellana pr. la Real Academia

- Doce manuscritos pr. Monjas

- Ocho fábulas literarias pr. Iriarte

- Una colección de carteles pr. Flores

- Doce ejemplares epistome gramática castellana pr. la Real Academia

- Doce doctrinas cristianas pr. Ripalda corregidas pr. Vallejo

- Doce ejemplares morales pr. Rubio

-1 Colección de carteles por Flores

- 24 Doctrinas por Baeza

- 6 Juanito por Torrente

-12 Catecismos Históricos por Fleury

- 1 Higiene por Monlan

- 12 Epistome de la gramática por la Real Academia.

Mairena 6 de Octubre de 1855

Aparece un documento en el que se explica quiénes formaban la Junta Municipal de Protección a la infancia entre los numerosos nombres de hombres, en función de vocal aparece la maestra titular de la Escuela Pública de niñas, Doña Ana González González. En los siguientes documentos aparecen los acuerdos que esta Junta, toma en 1909 para hacer frente a las necesidades de las escuela de niños y la escuela de niñas:

«Mairena del Alcor siendo las doce del día veintitrés de Junio de mil novecientos nueve se reúne la Junta para:

El local de la escuela Pública de niñas de propiedad particular, resulta algo insuficiente para el número de alumnas que concurren ordinariamente, si bien es el más adecuado que existe en la localidad para el objeto a que le destina, apareciendo de absoluta y prerentoria necesidad a fin de mejorar las condiciones higiénicas, que los retretes lo modifiquen para ello adelanten las próximas vacaciones, para que las delegaciones permanezcan en el caso el menos tiempo posible, disminuyendo así las vacaciones.»

«Siendo las doce de la mañana del día siguiente quince de Julio de mil novecientos nueve, se instaló la Junta [...] en la escuela pública de niñas a cargo de la Sra. Profesora propietaria Doña Ana González y González, obteniendo el siguiente resultado. Las niñas matriculadas según el libro de registro respectivo, son ciento cincuenta y cinco.

La concurrencia media diaria es de ciento y el número de los que han concurrido al acto resulta las de ciento once.

Examinadas las niñas a todas las asignaturas que constituyen la primera enseñanza, quedó la Junta muy satisfecha del estado sobresaliente de la clase en general, haciéndose notar muy especialmente por la indiscutible utilidad y conveniencia, además de las costuras y labores presentadas, los notables conocimientos que han adquirido las mayores en aplicaciones de aritmética y economía doméstica tan útiles y necesarias para las futuras administradoras de los hogares domésticos, por cuyo saludable motivo dirijió la Junta máximas felicitaciones a la distinguida profesora Dª Ana González, enalteciendo la inteligente dirección que ha sabido imprimir a la enseñanza [...].

Después leyó la misma profesora una extensa memoria comprensiva de historias y desarrollo de la enseñanza de la clase de su cargo [...]. Más tarde la Junta procedió a la distribución de premios a las alumnas que más se distinguieron repartiendo abundantes dulces y confites a todos y dio por terminado los exámenes de las escuelas públicas de la localidad [...].»

LEGAJO 288

« Los vocales de la Junta local de primera enseñanza estaba formada por Señor Cura párroco D. Manuel Rodríguez y por los padres de familia D. Matías López de Cossío, D. José Linares [...].En una sesión del catorce de marzo de mil ochocientos ochenta y cinco, previa citación se reunieron en la Casa consistorial los Sres. de la Junta local de primera enseñanza [ ...] .Se dio cuenta de una orden del Excmo. Sr. Gobernador civil... "Habiendo sido nombrada Dª Purificación San Juan y Pavón por esta Junta en sección de cuatro del actual para el cargo de auxiliar interina de la escuela pública elemental de niñas de esa localidad con el haber de 375 pesetas anuales, acompaño a V. el título expedido a favor del interesado para que como establece la disposición 23 de la Real Orden de 10 de Agosto de 1858, era Junta, previas las formalidades debidas [ ...] .»

«En la villa de Mairena del Alcor a veinte y dos de Abril de mil ochocientos ochenta y cinco, siendo la hora señalada se reunieron en la Sala Capitular para celebrar sesión estraordinaria previa citación en forma los Sres. de la Junta local de Instrucción Primaria bajo la Presidencia del Señor Alcalde D. Lergardo Retamino, consistido del infraescrito secretario, y habiendo números suficientes se dio cuenta del objeto de la sesión, el cual es dar conocimiento a la Junta del fallecimiento de la maestra titular de la clase pública de niñas de esta villa Dª Dolores Palacios Morillo [ ...] .

La Junta después acuerda nombrar para que desempeñe el mencionado cargo con carácter de interina, a Dª Araceli Díaz Palacios, que sobre tener concluida la Carrera de maestra superior reúne las circunstancias preferentes de ser hija de la difunta y conocer la marcha de las clases, por haber estado hecha cargo de su dirección durante la enfermedad de aquella [ ...] .»

La mayoría de estos documentos hacen referencias a las maestras que van tomando el cargo de auxiliar interina, los textos utilizan fórmulas lingüísticas muy parecidas únicamente lo que cambia es el nombre de la maestra que va a ocupar el cargo y la cantidad del sueldo.

«Constituida nuevamente la Junta local de primera enseñanza, a las once de la mañana del diez y siete de Junio de mil ocho-cientos noventa en la Capilla del Stmo. Cristo de la Cárcel, para continuar los exámenes públicos, se presentó la Sra. Profesora Doña Josefa Rubio Aragón con las niñas de la Clase titular que tiene a su cargo, y después de pronunciar la alumna Guadalupe Domínguez Jiménez ante la Junta y numeroso público, un notabilísimo discurso, referente a las innumerables dificultades con que ha tenido que luchar su ilustrada profesora para colocar la clase a la altura en que hoy se encuentra se dio prinsipio al acto, obteniéndose el siguiente resultado.

Vistos los libros del registro, resulta que las niñas matriculadas son ciento ochenta y seis, fluctuando la asistencia diaria, desde Enero a la fecha, entre ochenta y ciento treinta, habiendo asistido a este acto para ser examinadas ciento veinte.

Prinsipio el examen por las niñas más pequeñas, demostrándose desde luego por el notable adelanto en que se encuentran, con relación a sus pocos años, la buena dirección que imprime a la enseñanza su ilustrada profesora.

Se prosiguió examinando las demás secciones patentizándose el estado brillantísimo en que se encuentra la Clase en general, acordando la Junta dar por ello un voto de gracias a la Sra. Doña Josefa Rubio que la dirija, y que se haga constar además en el acta, que sus alumnas de la última sección, se encuentran a la mayor altura que para la primera enseñanza pudiera exigir el mal escrupuloso, tanto en las labores como en la lectura, escritura, doctrina, historia sagrada, gramática, aritmética y geografía, siendo notabilísimo los ejercicios que practicaron con esta última asignatura.

Repartieron dulces a todas las niñas sin prejuicio de distinguir a las de la sección mal adelantada e instructoras de las otras secciones con la mención honorífica que se hace a continuación y los premios que se detallan.

Guadalupe Domínguez Jiménez, Filomena Peña Guillén, Josefa Madroñal Navarro, Carmen Carrión González y Dolores Carrión Jiménez, con pañuelos de seda para el cuello.

Carmen Guillén Sánchez, Trinidad Guillén, Carmen Jiménez Mateos, Filomena García Gómez...con pañuelos, libros de texto, medallas y estampas[ ...] .»

«En la villa de Mairena del Alcor a veinticinco de Octubre de mil ochocientos noventa, siendo las once de la mañana, se constituyó la Junta local de primera enseñanza en la Capilla del Santo Cristo de la Cárcel para llevar a efecto los exámenes públicos solisitados por Doña Eloisa Zabrada, profesora del Colegio particular de niñas situado en la Calle Iglesia de esta misma villa, obteniéndose el siguiente resultado:

Vistos los libros de registro, resulta que las niñas matriculadas son cincuenta y ocho, estando presentes a este acto para ser examinadas cuarenta y cinco.

Fueron examinándose los diferentes grupos en que resulta dividida la clase principiado por las niñas más pequeñas y terminando por los de las mayores, patentizándose el notable estado en que se encuentra la instrucción, por los brillantes ejercicios que practicaron tanto en las asignaturas de lectura, escritura, religión, historia sagrada, gramática, aritmética y geografía, como en las labores y notables ejemplares de las diferentes clases de bordados que presentaron, quedando la Junta completamente satisfecha, de las notables condiciones de aptitud y por la enseñanza que reúne la referida profesora que en tal concepto fue unánimemente felicitada tanto por la Corporación, como por el numeroso público.

Repartieron dulces con profusión a las niñas y siendo ya hora bastante avanzada de la tarde se extendió la presente acta que firmaron los Sres. De la Junta [ ...] .»

[ ...] Examinados todos los niños de las diferentes asignaturas, se notó que la generalidad de ellos se encuentran bastante atrasados en las de lectura y escritura, que con las más ciencias por constituir la base de toda enseñanza, de cuya falta no puede en manera alguna considerar responsable al referido profesor, por el costo de tiempo que hace está hecho cargo de la clase, antes por el contrario, la junta observó en él, con complacencia el buen camino emprendido conseguirá colocar la enseñanza en la repartida clase a la altura que corresponda[ ...] .

Trasladada la Junta a la escuela Pública de niñas que dirige la profesora Dª Josefa Rubio y Mayor y verificando el examen, resultó encontrándose la educación en un estado inmejorable, mereciendo por ello la ilustrada profesora que la dirige justas y repetidas felicitaciones de todos los individuos de la Junta, que al propio tiempo acordaron por unanimidades proponerla a la Junta provincial de instrucción pública a fin de que dicha Corporación la tenga en cuenta al distribuir los premios que destinen en el año corriente a los profesores que más se distingan en el cumplimiento de sus labores [...].

Las niñas matriculadas según el registro son de ciento cuarenta y cinco, el número de las que concurren diariamente por término medio es de ciento- cinco y él de las que han asistido al examen es de ochenta [ . . . ] .

Estos documentos narran la reunión en la Casa Capitular de la Junta local de primera enseñanza con los Sres. Presidente y vocales, para poner fecha a la celebración de exámenes en las escuelas. Se acordó señalar el domingo primero de Julio, a las doce del día, para los de la oficial de niños y el lunes siguiente para los de la oficial de niñas. Así desde 1900 a 1902 aparecen descritas las ocasiones en que la Junta local de primera enseñanza se constituye, el número de alumnas matriculadas, la concurrencia diaria y la asistencia al examen. Se puede observa como las asignaturas son las mismas que en años anteriores, y como la profesora en este caso Dª Angeles Carneiro es felicitada, por encontrar la Junta: «...que la clase se encuentra en igual o aun más brillante estado que los años anteriores».

« (1902) [ ...] en la escuela pública elemental de niñas que dirige en propiedad la Sra. profesora Doña Angeles Carneiro, para llevar a efecto los exámenes acordados obteniéndose el resultado que a continuación se enumera: niñas matriculadas ciento ochenta y nueve, concurrencia media diaria ciento treinta y ocho, asistentes al examen ciento veintiuno. Practicado un minucioso ejercicio de las diferentes asignaturas que constituyen la primera enseñanza, quedó demostrado una vez más el brillante estado de la clase y el plausible uso y competencia con que la digna profesora auxiliada por la ayudanta Doña Reposo Espinosa, se desvelan para basar la educación de las niñas no sólo en enseñarles con perfección a leer, escribir, coser y demás labores, gramática, aritmética, doctrina, historia sagrada y geografía, sino también muy principalmente en inculcarles sólidamente la práctica de los deberes sociales que hacen de la mujer la base fundamental de la familia constituida bajo los sacro-santos principios de la religión cristiana [...].»

LEGAJO 356

«Promovido con motivo de la creación por el gobierno de la República (gaceta de 5 julio de 1931) de cuatro escuelas unitarias (dos de niñas y dos de párvulos) para esta villa.

El Ayuntamiento de esta villa, en sesión ordinaria celebrada el día 12 del actual, adoptó entre otros los siguientes acuerdos:

Primero.- La creación de dos Escuelas de párvulos.

Segundo.- Creación de dos Escuelas de niñas.

Tercero.- Desdoblamiento de la única que existe hoy (y que está servida por maestras), en dos Escuelas independientes.

Cuarto.- Que las mencionadas Escuelas de niñas sean implantadas en distintos barrios de la población, para evitar que los niños corran el peligro del tránsito.

Quinto.- Pedir subvención al Estado para dotar de un piso más al actual edificio del Ayuntamiento, que no reúne condiciones higiénico- pedagógicas para las clases que se están dando en la Graduada de niños, que tiene cinco secciones, que también son insuficientes para el Censo Escolar.

Sexto.- Que sean suprimidas las vacaciones de Pascuas de la Navidad y de Semana Santa, especialmente porque en esta clima cálido es tiempo apropiado para la estancia y enseñanza de los niños. »

«Promovido con motivo de la creación por el Gobierno de la República (Gaceta de 5 de Julio 1931) de cuatro escuelas unitarias (dos de niñas y dos de párvulos) para esta villa.

Antonio Delgado Sánchez, Alcalde Republicano del Ayuntamiento de esta villa de Mairena del Alcor.

Hago saber:

Que con motivo de haber sido creadas por el Estado dos Escuelas de niñas y otras dos de párvulos para esta villa, existe una causa de reconocimiento hacia el Gobierno de la República a cuya democrática y espiritual obra de agradecimiento de la patria, admirada en el mundo, todos tenemos la obligación de corresponder.

Consecuentemente, por parte de este Ayuntamiento, son indudables los mejores deseos de colaborar y la más firme decisión de que el beneficio concedido se haga práctico con la premura que requiere; es decir, que habrán de estar dichas escuelas en condiciones de funcionamiento, lo mismo los locales que el material adecuado, antes del doce de agosto próximo.

Pero como no existen de momento en arcas municipales los fondos suficientes -que, después de todo, del pueblo procederán- y visto que ahora menos que nunca se atreverá nadie a abrigar la más ligera duda de que es una cuestión vital axiomáticamente trascendental, la de que por medio de la enseñanza entren los pueblos en la inexcusable marcha hacia el progreso; ni puede racionalmente tropezarse con las pequeñeces de partidismos políticos, pues sería criminal negar el concurso para lograr el bien natural y de carácter humanamente general que supere la enseñanza y educación de los hijos (especialmente de los que no cuentan con medios), que por igual obliga a ricos y pobres, a la mayor compenetración y ayuda mutua, que demuestre la imperativa fraternidad humana, que es más importante tratándose del mejoramiento inteligente y moral de las futuras madres, en que se basa, con vínculo cordialmente íntimo, es con digno desarrollo de la sociedad.»

Julio 18, 1931.

«En Mairena del Alcor a seis de noviembre de mil novecientos treinta y uno hora de las diez y seis, en el salón de sesiones de este Ayuntamiento, se reunieron, bajo la presidencia del Sr. Alcalde, los Sres. Concejales y los que forman el Consejo Local de primera enseñanza. Asiste también a dicha reunión el Sr. Secretario de la Corporación municipal.

El Sr. Alcalde manifiesta el objeto de la misma que es visitar las nuevas Escuelas y hacer entrega de ellas al Consejo [ ...] . Los Sres. Concejales quedan convencidos de los extremos expuestos y en su consecuencia se acuerda admitir la distribución propuesta que es la siguiente:

Listado de escuelas

Escuela de párvulos número 1 en Fermín Galán

Escuela de párvulos número 2 en Alconchel

Escuela de niñas número 2 en Fermín Galán

Escuela de niñas número 3 en Naranjos

Se suspende la reunión para visitar las Escuelas, y a las diez y nueve se reanuda usando de la palabra el Presidente del Consejo para felicitar al Ayuntamiento por la actividad desplegada en la adquisición del material y por la calidad del mismo. Hace un llamamiento a la Corporación para que siga labrando en beneficio de la Escuela, única forma de hacer ciudadanos conscientes de sus deberes y derechos.

El Sr. Alcalde manifiesta que el mayor interés del Ayuntamiento que preside, es la cultura del pueblo para cuya consecución están dispuestas a todos los sacrificios que la capacidad económica del Municipio lo permita. El material adquirido por el Ayuntamiento con destino a las Escuelas se detallan en los inventarios unidos a este acta. Siendo las veinte se finaliza el acto, recibiendo el Sr. Presidente de mano del Sr. Alcalde las llaves de las nuevas Escuelas [ ...] .

Escuela de niñas- Calle Naranjo

"Inventario de los enseres y útiles de enseñanza facilitados por el Ayuntamiento que se custodian en dicha Escuela":

- Mesa para la profesora
- Un sillón Escribanía completa
- Palanganero y palangana
- Jarro y cubo
- Doce pupitres bipersonales
- Veinticinco tinteros porcelana
- Una pizarra grande
- Ocho mapas grandes
- Cajas de pesas y medidas
Esfera terrestre Cesto para papeles
Armario para el material

Un termómetro
Treinta y seis pizarras
Un timbre
Veinte Primer libro Seix Barral
" Segundo " " "
" Tercer " " "
Diez fábulas R. Mateos
Veinte cuentos de Grium
Veinte Conde Lucanor
Doce Cinematógrafo e. Llorca
Veinticuatro Rayas completas
Dos cajas de pizarrines
Tres cajas de plumas
Tres escupidores
Dos cajas lápices de colores
Dos decenas de lápices negros
Veinticuatro libretas
Resma papel confitero

- Tinaja para el agua

« Tengo el honor de comunicarle que en la escuela de mi dirección hay una matricula de 58 niñas con una asistencia media de 46 niñas.

Dios guarde a V. muchos años

Mairena del Alcor a 7 de Febrero de 1939.

La maestra

Isabel Esquivel.»

«Tengo el honor de comunicar que en la Escuela de niñas nº 4 hay una matricula de 69 niñas en una asistencia media de 55 niñas [...].»

«En contestación a su oficio fecha cuatro del corriente; tengo el gusto de comunicarle que el número de niñas matriculadas en la Escuela de mi dirección es de 58 y de asistencia media diaria 54.La maestra Mª Luisa hernández.»

Nº DE ESCUELAS NACIONALES QUE EXISTEN EN LA LOCALIDAD

De niños

De niñas

Párvulos

Total

Maestros

Maestras

Ed.Municipales

De carácter privado

3

4

2

9

1

8

4

4

«Relación de Maestros y Maestras que prestan servicio en Escuelas Nacionales de esta localidad que se forma para remitir al Ecmo. Sr. Gobernador Civil de la provincia en cumplimiento de Circular inserta en el Boletín Oficial número 28 del corriente año.

Escuelas de niñas nº 1 Doña Isabel Esquivel Corrales Propietaria

" nº2 " Mª Dolores González Caballero Interina

" nº 3 " Clara Garrido Fernandez Propietaria

" nº 4 " Isabel Marcera Muñoz Propietaria

Escuela de párvulos nº1 " Luisa Soto Reina Interina

" nº2 " María Luisa Fernández Propietaria

Informe: Todos los Maestros citados se encuentran presentes en sus destinos siendo su asistencia a clase normal.

Es digna destacar la labor que al frente de su escuela realiza la Maestra Doña Isabel Esquivel Corrales.

También es justo consignar que a diario se reciben quejas de la actuación de la Maestra Doña Clara Garrido Fernández. Mairena del Alcor a 9 de Febrero de 1939. III Año Triunfal. El Alcalde.»

«Isabel Esquivel Corrales, mayor de edad, casada, vecina de esta villa con domicilio en C/ General Sanjurjo nº 42, Maestra Nacional, Directora de la Graduada nº 4[ ...] .

«Tengo el honor de anunciar a V.S. relación nominal de las alumnas matriculadas en la Escuela Nocturna y de las que presentaron excusa demostrando que sabían leer y escribir, aunque no todas escribían bien.

Dios guarde a V.S. muchos años. Mairena del Alcor 2 Enero 1960.

Sr. Alcalde Presidente de la Junta local de Enseñanza Primaria.»

Junto con este escrito aparece un hoja donde se indica que el número de matriculadas era de 26 y las excusadas 11.

«Sr. Alcalde Presidente del Ayuntamiento de esta villa.

Joaquin Carmona Ruiz, director de la Escuela Graduada de niños, D. Manuel Alvarez Spínola, maestro nacional propietario de la Escuela de niños número uno, Dª Isabel Esquivel Corrales maestra nacional propietaria de la Escuela de niñas número uno, en nombre propio y en representación de todos los demás maestros y maestras nacionales que rigen las restantes Escuelas nacionales de esta localidad, a V.S. con le debido respeto exponen:

Que hallándose próximas las fechas de la confección de los presupuesto generales en el Ayuntamiento de esta villa, y habiendo recibido de los encargados de la limpieza de nuestras respectivas escuelas, la demanda de aumento de gratificación por tal concepto, nos vemos obligados a recurrir a V.S., ya que con las veinticinco pesetas que cada Escuela y Sección percibe por mes con destino al aseo de las Escuelas, a la compra de utensilios de limpieza, y a la calefacción durante el tiempo necesario, resulta en la actualidad tal cantidad bastante insuficiente para atender debidamente los expresados servicios.

Esta razón nos obliga a recurrir a V.S. en súplica de que se digne, considerando estimable lo que solicitamos, signaciones precitadas, esto, si no resuelve con la Corporación de su acertada presidencia administrar directamente estos servicios ya mentados de limpieza y calefacción de las Escuelas Nacionales de esta villa [..].»

Escuela Nacional de niñas nº 1=75

" " " nº 2=56

" " " nº 3=62

" " " nº4=67

" " " nº5=50

Se observa como la escuela nº 1, propiedad de Isabel Esquivel es la que posee un mayor número de matrículas.

Junta provincial contra el analfabetismo:

«En nombre del Sr. Gobernador Civil, Presidente de esta Junta, ruego a V.S., que en el plazo de un mes, remita a la Secretaría de la Junta (Jefatura de la Inspección de Enseñanza Primaria) los siguientes datos:

Relación nominal con expresión de edad y separación de sexos, de los Analfabetos existentes en ese Ayuntamiento de 12 años en adelante.

Dicha relación vendrá expresada según el siguiente orden:

1º Los analfabetos de la localidad donde radica el Ayuntamiento

2º Los correspondientes a cada uno de sus pueblos agregados...

De su bien probado celo por los asuntos relacionados con la cultura del pueblo, se espera la máxima diligencia en el cumplimiento del servicio que se le pide. 29 de Mayo de 1959. La Inspectora jefe.»

Varones: 633

Mujeres:1280

Total: 1913

LEGAJO 357

«Este Ayuntamiento convoca a provisión dos becas para cursar estudios en el Instituto laboral de Carmona, a proveer entre varones de diez a dieciséis años de edad, naturales de esta villa, o con residencia en ella superior a dos años, habiéndose de regir por las bases establecidas por la Corporación, por el acuerdo de convocatoria y supletoriamente por la Orden del Ministerio de educación Nacional de Iº de Mayo de 1958 (B.O.E) del día 2, encontrándose todo ello a disposición de los interesados en la Secretaría de este Ayuntamiento. El plazo para solicitar las becas es de diez días hábiles [...]. Mairena del Alcor 4 de Septiembre 1958. El Alcalde.»

Desde el año 54 al 59 no pueden acceder las mujeres a las becas que concede el Ayuntamiento en el acuerdo plenario del 13 de Marzo por el que se crearon 4 becas para facilitar a los estudiantes pobres de la localidad el acceso a los cursos del Instituto laboral de Carmona. Todo esto no cambiaría hasta el año 1960.

«Este Ayuntamiento convoca nuevo concurso (modificado por haber resultado desierto el anterior por falta de solicitantes) para adjudicar las siguientes becas escolares: dos de seis mil pesetas cada una para estudios superiores; dos de cuatro mil pesetas cada una para estudios medios; cuatro accésits de mil quinientas pesetas cada uno. Pueden aspirar a estos beneficios los estudiantes de ambos sexos naturales de esta villa o residentes en ella, que cursen o vayan a iniciar cualquier clase de enseñanza superior o media y en los centros que se refieran, con arreglo a las condiciones detalladas que pueden examinar en el tablón de anuncios del Ayuntamiento[...]. Mairena del Alcor 17 de Agosto 1960. El Alcalde.»

Los demás documentos que encontramos son relaciones alfabéticas de alumnos becarios del Ayuntamiento en el curso académico 1961-1962, con la expresión de la cuantía anual de la beca, centro donde cursan sus estudios y año en que están matriculados. De entre los nombres de hombres tan sólo aparece un nombre de mujer.

Escuela unitaria de niñas nº 4. Mairena del Alcor.

«A tenor de su oficio número 343, tengo el deber de manifestarle que las alumnas de este centro, que reúnan las condiciones que regulan la norma VII para la provisión de las Becas de acceso a la 2º enseñanza, figuran en la relación que se adjunta al dorso [...] 1965.»

ÚLTIMAS OBSERVACIONES

Hay un libro que no esta en el archivo, el nº 287, que recoge el registro de visitas a las escuelas 1845-1873, que debía contener información interesante sobre las escuelas de niñas.

Los legajos que encontramos sobre educación a partir de 1965 contienen información sobre el "Colegio libre adoptado Ntra. Sra. del Carmen" donde el compartir espacios se hace una realidad. (Ver apéndice documental).

El conocimiento de una realidad, la de las escuelas de niñas, tiene muchos huecos ya que los datos del archivo sólo ofrecen listados de las asignaturas, registros de asistencias, nº de matrículas, listados de los materiales, los nombres de las maestras pero quedan muchas cosas por descubrir, es decir, el encuentro de datos más cualitativos que nos hablen de la calidad no de la cantidad tales como los retos a los que se enfrentaban las maestras, los pensamientos de alumnas y maestras ante los contenidos que debían aprender, las características de cada escuela de niñas, es decir todo el conglomerado de situaciones de las que el Ayuntamiento no deja constancia alguna y que sólo podemos descubrirlo en la óptica de las maestras y alumnas de estos años que seguro tendrían mucho que aportar a este trabajo.

REFLEXIÓN FINAL ...

Espero que este pequeño monográfico, sirva en el camino a cuantas mujeres quizás cansadas, cobren fuerzas de ver que el esfuerzo de muchas mujeres en el pasado, hizo que la educación se propagará entre ellas, las llamadas "sexo débil", y así despierten de su sueño y defiendan su dignidad a veces demasiado aniquilada por la sociedad actual.